Este
mes de noviembre queremos organizar 2 grupos de trabajo y necesitamos 1 o 2
voluntarios por grupo para "liderar" las reuniones y coordinar:
- Debate/reflexión sobre
Jornada continua/partida: Miércoles 07/11 16h
- Preparación
mercadillo/fiesta de Navidad AMPA: Lunes 19/11 16h
¿Hay algún voluntari@?
Para empezar a trabajar/reflexionar sobre el debate Jornada continua/partida, podéis consultar aquí la ORDEN 1247/2005, de 28 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regula la jornada escolar en los centros docentes de Educación Infantil y Primaria: B.O.C.M. del 03/03/2005
Aspectos
más significativos:
Artículo
3.- Excepciones
a la jornada escolar ordinaria.
Se
entiende por excepción a la jornada escolar ordinaria a la distribución diaria
de las sesiones lectivas en una única sesión de mañana.
Artículo
4.- Criterios
aplicables
La
solicitud de excepciones a la jornada escolar deberá responder, en todo caso, a
los siguientes criterios:
·
Deberá
representar una mejora del servicio educativo en la localidad, distrito o centro
y contribuir al desarrollo del proyecto educativo y curricular de
éste.....
·
Deberá
representar una oportunidad singular para desarrollar propuestas innovadoras que
contribuyan a mejorar la calidad de los procesos de enseñanza y
aprendizaje,...
·
Debe
dar respuesta a una petición social, esto es, un servicio a la comunidad
educativa.
Artículo
5.- Requisito
previo: Para
que un centro pueda solicitar la excepción a la jornada escolar ordinaria, debe
estar incluido en el Plan Local de Mejora y Extensión de los Servicios
Educativos del Ayuntamiento,...
Artículo
6.- Inicio
del procedimiento
La
solicitud de excepción a la jornada escolar ordinaria podrá ser propuesta por
alguno de los miembros del Consejo Escolar del centro, las Asociaciones
de Madres
y Padres legalmente constituidas o por el Ayuntamiento correspondiente. El
inicio del procedimiento deberá ser acordado por una mayoría de dos tercios de
la totalidad de los miembros del Consejo Escolar, que incluya la mayoría
absoluta de los representantes de los padres de alumnos, así como la mayoría
absoluta de los representantes del profesorado.
Artículo
7.- Proyecto
de mejora pedagógica y organizativa
·
Tras
la aprobación del inicio del procedimiento, se constituirá en el seno del
claustro una comisión encargada de elaborar el Proyecto de mejora pedagógica y
organizativa...· El proyecto, deberá ser remitido a todos los miembros del Consejo Escolar, para su aprobación, que requerirá las mismas mayorías señaladas en el artículo 6.
Artículo
8.- Fase
de consultas
Tras
la aprobación del proyecto de mejora pedagógica y organizativa, el Presidente
del Consejo Escolar remitirá el proyecto a los siguientes órganos y sectores
implicados, para su consulta:1.- Padres y madres de alumnos.
La consulta a los padres, madres y, en su caso, tutores legales del alumnado, tiene carácter obligatorio y deberá realizarse conforme al siguiente proceso:
a) Asamblea general informativa y de debate:
Se iniciará un proceso informativo que incluirá necesariamente la celebración de una asamblea general informativa y de debate. Dicha asamblea será convocada por la/s Asociación/es de Padres y Madres de Alumnos legalmente constituidas.
b) Actualización y publicación del censo:
El censo de votantes estará formado por todos los padres o tutores de los alumnos que estén matriculados en el centro.
El derecho de voto corresponde al padre y a la madre o, en su caso, a los tutores legales de los alumnos.
c) Votación:
La votación se celebrará en fecha posterior a la celebración de la asamblea general informativa y de debate...
La votación se realizará en un único día con un horario que facilite el ejercicio del voto a todos los integrantes del censo. Sólo podrá celebrarse una votación por curso escolar para esta finalidad.
d)
Validez de la votación:
Para
que la votación sea considerada como válida deberán participar en ella un mínimo
de dos tercios del total de personas que componen el censo, y para que la
propuesta se considere aprobada, deberá constar la conformidad de un mínimo de
dos tercios de los votantes.
2.-
El Ayuntamiento
El
Ayuntamiento correspondiente elaborará un informe motivado sobre el
Proyecto.
3.-
El claustro de profesores
La
consulta al claustro será considerada favorable si se registra la conformidad de
al menos dos tercios de sus miembros.4.- La consulta al Consejo Escolar será considerada favorable si se registra la conformidad de la mayoría simple de sus miembros.
Artículo
9.- Aprobación
definitiva por el Consejo Escolar
na
vez recabados todos los resultados de las consultas señaladas en el apartado
anterior, el Consejo Escolar aprobará o rechazará definitivamente la propuesta
de excepción a la jornada escolar ordinaria, mediante las mayorías señaladas en
el artículo 6.
Artículo
11.- Resolución
1.-
El Servicio de Inspección Educativa de las respectivas Direcciones de Área
Territoriales emitirá informe sobre las solicitudes de excepción a la jornada
escolar ordinaria en los centros de Educación Infantil y Primaria, relativo al
grado de cumplimiento de lo establecido en la presente
Orden.
El Director General de Centros Docentes, previo análisis de la propuesta realizada por la Comisión de valoración, resolverá autorizando o denegando las excepciones a la jornada escolar ordinaria.
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