martes, 30 de octubre de 2012

GRUPOS DE TRABAJO


Este mes de noviembre queremos organizar 2 grupos de trabajo y necesitamos 1 o 2 voluntarios por grupo para "liderar" las reuniones y coordinar:
- Debate/reflexión sobre Jornada continua/partida: Miércoles 07/11 16h
- Preparación mercadillo/fiesta de Navidad AMPA: Lunes 19/11 16h

¿Hay algún voluntari@?

Para empezar a trabajar/reflexionar sobre el debate Jornada continua/partida, podéis consultar aquí la ORDEN 1247/2005, de 28 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regula la jornada escolar en los centros docentes de Educación Infantil y Primaria: B.O.C.M. del 03/03/2005

Aspectos más significativos:
 
Artículo 3.- Excepciones a la jornada escolar ordinaria.

Se entiende por excepción a la jornada escolar ordinaria a la distribución diaria de las sesiones lectivas en una única sesión de mañana.

Artículo 4.- Criterios aplicables

La solicitud de excepciones a la jornada escolar deberá responder, en todo caso, a los siguientes criterios:

· Deberá representar una mejora del servicio educativo en la localidad, distrito o centro y contribuir al desarrollo del proyecto educativo y curricular de éste.....
· Deberá representar una oportunidad singular para desarrollar propuestas innovadoras que contribuyan a mejorar la calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje,...
· Debe dar respuesta a una petición social, esto es, un servicio a la comunidad educativa.
 
Artículo 5.- Requisito previo: Para que un centro pueda solicitar la excepción a la jornada escolar ordinaria, debe estar incluido en el Plan Local de Mejora y Extensión de los Servicios Educativos del Ayuntamiento,...

Artículo 6.- Inicio del procedimiento
La solicitud de excepción a la jornada escolar ordinaria podrá ser propuesta por alguno de los miembros del Consejo Escolar del centro, las Asociaciones de Madres y Padres legalmente constituidas o por el Ayuntamiento correspondiente. El inicio del procedimiento deberá ser acordado por una mayoría de dos tercios de la totalidad de los miembros del Consejo Escolar, que incluya la mayoría absoluta de los representantes de los padres de alumnos, así como la mayoría absoluta de los representantes del profesorado.

Artículo 7.- Proyecto de mejora pedagógica y organizativa
· Tras la aprobación del inicio del procedimiento, se constituirá en el seno del claustro una comisión encargada de elaborar el Proyecto de mejora pedagógica y organizativa...
· El proyecto, deberá ser remitido a todos los miembros del Consejo Escolar, para su aprobación, que requerirá las mismas mayorías señaladas en el artículo 6.

Artículo 8.- Fase de consultas
Tras la aprobación del proyecto de mejora pedagógica y organizativa, el Presidente del Consejo Escolar remitirá el proyecto a los siguientes órganos y sectores implicados, para su consulta:

1.- Padres y madres de alumnos.
La consulta a los padres, madres y, en su caso, tutores legales del alumnado, tiene carácter obligatorio y deberá realizarse conforme al siguiente proceso:
a) Asamblea general informativa y de debate:
Se iniciará un proceso informativo que incluirá necesariamente la celebración de una asamblea general informativa y de debate. Dicha asamblea será convocada por la/s Asociación/es de Padres y Madres de Alumnos legalmente constituidas.
b) Actualización y publicación del censo:
El censo de votantes estará formado por todos los padres o tutores de los alumnos que estén matriculados en el centro.
El derecho de voto corresponde al padre y a la madre o, en su caso, a los tutores legales de los alumnos.
c) Votación:
La votación se celebrará en fecha posterior a la celebración de la asamblea general informativa y de debate...
La votación se realizará en un único día con un horario que facilite el ejercicio del voto a todos los integrantes del censo. Sólo podrá celebrarse una votación por curso escolar para esta finalidad.
d) Validez de la votación:
Para que la votación sea considerada como válida deberán participar en ella un mínimo de dos tercios del total de personas que componen el censo, y para que la propuesta se considere aprobada, deberá constar la conformidad de un mínimo de dos tercios de los votantes.

2.- El Ayuntamiento
El Ayuntamiento correspondiente elaborará un informe motivado sobre el Proyecto.

3.- El claustro de profesores
La consulta al claustro será considerada favorable si se registra la conformidad de al menos dos tercios de sus miembros.

4.- La consulta al Consejo Escolar será considerada favorable si se registra la conformidad de la mayoría simple de sus miembros.

Artículo 9.- Aprobación definitiva por el Consejo Escolar
na vez recabados todos los resultados de las consultas señaladas en el apartado anterior, el Consejo Escolar aprobará o rechazará definitivamente la propuesta de excepción a la jornada escolar ordinaria, mediante las mayorías señaladas en el artículo 6.

Artículo 11.- Resolución 1.- El Servicio de Inspección Educativa de las respectivas Direcciones de Área Territoriales emitirá informe sobre las solicitudes de excepción a la jornada escolar ordinaria en los centros de Educación Infantil y Primaria, relativo al grado de cumplimiento de lo establecido en la presente Orden.

El Director General de Centros Docentes, previo análisis de la propuesta realizada por la Comisión de valoración, resolverá autorizando o denegando las excepciones a la jornada escolar ordinaria.



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